En nuestra Asesoría podrá realizar la transferencia de su vehículo, ya sea coche, moto, camión,… de una forma rápida, eficaz y económica. Desde el mismo momento en que realice la compraventa del mismo le facilitaremos un certificado de circulación. Antes de realizar la compra del Vehículo es muy importante saber y verificar los siguientes puntos:
- Si está al corriente de pago del Impuesto de circulación, llamado comúnmente “Numerito”.
- La ITV está pasada, solo en aquellos casos en que la antigüedad del vehículo sea mayor de 4 años.
- Deberemos comprobar que en la tarjeta técnica del vehículo aparecen todas aquellas modificaciones importantes que se hayan hecho en el vehículo.
- Para saber el estado del coche es útil también comprobar los kilómetros y la antigüedad y verificarlo con el libro de mantenimiento y las facturas de revisiones y reparaciones para comprobar su autenticidad.
- Si crees que el vehículo puede tener cargas es muy importante obtener un Informe del Vehículo en la DGT para verificar que no tiene multas de transportes, embargos, cargas,…
¿Que Documentación Necesitamos?
1.- Contrato de Compraventa en el que se especifica:
- Identificación completa del vendedor: nombre, apellidos, DNI, dirección.
- Identificación completa del comprador: nombre, apellidos, DNI, dirección.
- Identificación del vehículo: marca, modelo, matrícula, etc., cargas y gravámenes, precio, plazo de entrega del vehículo y forma de pago.
El contrato debe ser firmado por ambas partes.
2.- Solicitud transmisión de vehículos, disponible en los cuatro idiomas oficiales del Estado.
3.- Autorización Firmada por el Comprador y el Vendedor a la Gestoría.
3.-DNI o documento acreditativo para extranjeros (Tarjeta de residencia y pasaporte más NIE). Fotocopia y original. Si es una sociedad el CIF de la misma y el DNI del administrador o apoderado.
4.- Permiso de circulación.
¿Cuanto Vale?
130 € , en los que están incluidos nuestros honorarios y la tasa de la DGT. Además deberemos sumar el impuesto de transmisiones de la comunidad del comprador si la misma no está sujeta a IVA, en el caso de la Comunidad de Madrid es el 4% del importe de Compra-Venta.